martes, marzo 19, 2024

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Casino Arica Podrá Operar hasta el 2018

El Congreso aprobó prórroga de funcionamiento de casinos municipales por lo que las concesiones actuales en las comunas de Arica, Iquique, Coquimbo, Viña del Mar, Pucón, Puerto Varas y Puerto Natales podrán operar hasta el 1 de enero de 2018. Luego, estas comunas continuarán como sede de un casino por tres periodos de 15 años, prorrogable por un cuarto.

La Cámara de Diputados ratificó, con 97 votos a favor, 1 en contra y 7 abstenciones, las modificaciones del Senado al proyecto (boletín 9891) que modifica la ley N°19.995 y prorroga el funcionamiento de los casinos municipales. De esta forma, el proyecto culmina su tramitación en el Congreso y fue enviado al Ejecutivo para sus trámites de promulgación.

Actualmente, la Ley de Casinos dispone el 31 de diciembre de 2015 como fecha de término de las concesiones municipales de los casinos de Arica, Iquique, Coquimbo, Viña del Mar, Pucón, Puerto Varas y Puerto Natales.

Desde el Congreso el diputado Luis Rocafull López, comentó la modificación de esta ley argumentando que “esta modificación en la ley es muy importante, pues viene a prorrogar el tiempo de concesión de los casinos municipales como el de Arica. Para los ariqueños es muy importante que este casino siguiera existiendo bajo el alero municipal, pues en el aspecto económico esta sala de juegos es una fuente muy importante de ingreso para la ciudad que permite  a la Municipalidad de Arica entregar subvenciones a diversas instituciones de la ciudad”.

Señalando además que  “esta extensa prórroga  en la concesión del Casino Arica  va a permitir planificar las inversiones municipales en función de los ingresos que van recibir de la concesión de la sala de juegos. Entregando además,  una señal de estabilidad laboral para los trabajadores”. Dijo Rocafull

La iniciativa despachada, prorroga dichas concesiones hasta el 1 de enero de 2018. Además, se establece que a partir de dicha fecha, estas comunas continuarán siendo sede de un casino de juego por un total de tres períodos de quince años cada uno. Una vez vencido el último período, la sede podrá ser renovada por plazos sucesivos de quince años, salvo resolución fundada del Consejo Resolutivo en contrario.

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