La Corte de Apelaciones de Arica declaró inadmisible el recurso de protección presentado por vecinos en contra de la resolución municipal que aprobó nuevo plan regulador de la ciudad.
En fallo dividido (causa rol 48-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pablo Zavala Fernández, Juana Ríos Meza y Reynaldo Oliva Lagos– desestimó la vulneración de garantías constitucionales denunciadas por residentes de los sectores Santa Rosa y La Ponderosa de Arica.
“Que, del examen de los antecedentes, se deprende que no se mencionan hechos que afecten directamente las garantías constitucionales que se acusan vulneradas por los recurrentes, además de existir otras vías de reclamación destinadas al efecto”, sostiene el fallo.
Resolución agrega que: “Por las anteriores consideraciones y no resultando posible transformar la acción constitucional que consagra el artículo 20 de la Carta Magna, en una instancia judicial para revisar y ponderar el mérito del nuevo plan regulador de la ciudad, pues aquello pugna con el carácter tutelar y de restablecimiento urgente de derechos constitucionales al que obedece la presente acción de amparo constitucional, circunstancias todas ajenas a un recurso de protección la presente acción será declarada inadmisible”.