sábado, mayo 4, 2024

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DGA fiscalizó modificaciones de cauce en el río San José y en la desembocadura del río Lluta

 
 
La Dirección General de Aguas del MOP constató en uno de los casos que el infractor no restituyó el cauce como se le indicó con anterioridad y, en el otro, el fiscalizado había sido multado anteriormente por extracción no autorizada de agua.
 
 
La Dirección Regional de Aguas del Ministerio de Obras Públicas realizó una fiscalización en sectores de los ríos San José y Lluta en la comuna de Arica, con el fin de constatar que no se estuviesen infringiendo las normas del Código de Aguas.
 
La primera fiscalización obedece a obras no autorizadas en el cauce del río San José, las que fueron inspeccionadas en febrero de este año, cursándose una multa a la infractora por 409 UTM. En esta segunda inspección, se estableció que la infractora no restituyó el cauce a su condición natural, acción exigida por la DGA en febrero. “La transgresora tendrá un nuevo plazo para restituir el cauce y se le aplicará una nueva multa.  Las obras fueron construidas sin autorización de la DGA, impidiendo el libre escurrimiento de las aguas”, comentó la SEREMI del MOP, Priscila Aguilera.
 
En la misma jornada, el equipo de la DGA se trasladó hasta el sector del río Lluta, donde se ubica el humedal urbano, cuya declaración oficial se realizó en mayo de este año por el Ministerio del Medio Ambiente. Allí se fiscalizó a un particular que construyó obras no autorizadas en el cauce natural del río Lluta, área que es parte del humedal. Anteriormente, esta persona fue multada el 2020 por extracción no autorizada de aguas subterráneas en el mismo lugar.
 
En este sentido, el director general de Aguas, Rodrigo Sanhueza, resaltó que la reforma al Código de Aguas vigente desde abril pasado, tiene como uno de sus ejes prioritarios la preservación ecosistémica. “En este escenario, el Código es bien claro, la DGA no podrá otorgar derechos en áreas protegidas como es el caso de este humedal. Además, tanto la modificación de cauce como la extracción no autorizada de agua en fuentes naturales atentan contra la sustentabilidad del agua superficial como subterránea, junto con limitar que otros usuarios accedan al recurso hídrico”, comentó.
 
A su vez, el director regional de Aguas, Andrés Romero, indicó que este año se han abierto 39 expedientes de fiscalización en la región, de los cuales se han resuelto 13, aplicándose multas en dos casos por 1.574 UTM. “Cabe resaltar que la totalidad de estos expedientes de fiscalización han sido por propia iniciativa de la DGA y no por denuncias de la comunidad. Cada ciudadano tiene la facultad de denunciar una irregularidad en forma presencial en nuestra oficina o de manera online completando el formulario con los datos solicitados. Si las personas no denuncian, difícilmente sabremos dónde ir a fiscalizar”, resaltó Romero.
 
Procedimiento de fiscalización
 
El origen de una fiscalización se puede producir de dos maneras, por denuncias recibidas de terceros o por iniciativa propia (de oficio). Una vez que se declara admisible una denuncia o que se abre un expediente de oficio, se realiza una inspección en terreno a fin de constatar el hecho denunciado, completando en el lugar el Acta de Inspección en Terreno donde se deja consignado todo lo verificado en la inspección y la presunta norma infringida. En dicha ocasión, se entrega una copia del Acta en Terreno o se notifica inmediatamente al presunto infractor, si es que éste se encuentra en el lugar.
 

El eventual infractor tiene un plazo de 15 días para presentar sus descargos. Luego de esto, con la evaluación de todos los antecedentes, se procede a determinar si hubo o no infracción y cursar la multa correspondiente.

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