Un hombre acusado de robo con intimidación permaneció en prisión preventiva durante cinco meses en el Centro Penitenciario de Arica.
Gracias a las diligencias y alegaciones presentadas por la Defensoría Regional de Arica y Parinacota, la defensa expuso desde el primer día sólidos antecedentes ante el Tribunal y el Ministerio Público. Entre ellos, destacaron las conversaciones por mensajes del imputado, las cuales demostraban que se encontraba en su domicilio y no en el lugar del delito.
En ese contexto, un error en la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva mantuvo injustamente a un hombre privado de libertad durante cinco meses en el Centro Penitenciario de Arica, tras ser acusado de robo con intimidación. La Defensoría Regional de Arica y Parinacota, a través de su equipo de defensa constituido en esta ocasión por el defensor local jefe Rodrigo Torres Díaz y el alumno en práctica Samuel Oyanadel Díaz, lograron demostrar la inocencia del imputado gracias a la georreferenciación de su celular, que evidenció que el acusado no estaba en el lugar del delito.
El abogado defensor subrayó que la teoría de la defensa se centraba en la absolución por falta de participación: “Nuestro representado nunca estuvo en el lugar de los hechos, y la Fiscalía no contaba con los antecedentes suficientes para acreditar su participación de manera fundada, como lo exige la ley”. Durante la audiencia de control de detención del 13 de abril, la defensa presentó como evidencia los mensajes de WhatsApp e Instagram del imputado, los cuales se leyeron ante la Fiscalía y el Tribunal. Además, se puso a disposición de la Fiscalía el celular del acusado para ser revisado, demostrando que mantenía comunicación constante con su pareja y dos personas más antes, durante y después del momento en que ocurrió el delito, lo que indicaba que se encontraba en su domicilio. Sin embargo, el tribunal desestimó estos sólidos antecedentes, argumentando que el imputado «podía estar whatsappeando con su polola mientras cometía el delito», una justificación que la defensa calificó de insuficiente y que permitió la declaración de prisión preventiva.
Tras cinco meses de gestiones por parte de la defensa, generando su propia investigación, que llevo finalmente a reunir más antecedentes, testimonios, y que el Ministerio Publico realizara la diligencia de obtener la georreferenciación del teléfono del usuario, es que se confirmó, lo ya sostenido, sobre la ubicación exacta del imputado. “Se logró convencer de que nuestro representado no estaba en el lugar del delito al momento de los hechos, sino como siempre sostuvo, estaba en su casa junto a su madre, comentó la defensa.
Este caso pone en evidencia la mala utilización de la prisión preventiva y la falta de rigurosidad en la evaluación de los antecedentes por parte del Tribunal y la Fiscalía. La Defensoría Penal Pública, comprometida con la defensa de los derechos fundamentales, ha insistido en la necesidad de aplicar con mayor criterio esta medida cautelar, que debe ser la excepción y no la regla, tal y como mandata la norma y convenios internacionales vigentes y obligatorios para el Estado de Chile.
El defensor regional Sergio Zenteno Alfaro enfatizó: “La prisión preventiva debe ser aplicada solo cuando sea estrictamente necesario, y no como un castigo anticipado o una respuesta automática a una imputación. Lamentablemente, en este caso, una persona sufrió las consecuencias de una decisión mal fundamentada.”
Finalmente, tras las gestiones de la defensa para que se realizaran las diligencias referidas, se evidenció la verdad del representado y su inocencia. Hecho frente al cual, el Ministerio Publico no pudo menos que decidir No Perseverar en su instigación, y con ello conjuntamente se dispuso la inmediata liberación del imputado, poniendo fin a meses de encarcelamiento injusto.
Este hecho reabre el debate sobre el uso excesivo de la prisión preventiva y la responsabilidad de las de los órganos del estado en la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos.