Como una buena noticia fue tomada este martes, la aprobación en general de la reforma constitucional que establece escaños reservados para los Pueblos Indígenas en la Convención Constitucional. El proyecto que fue aprobado por 34 votos a favor, 4 en contra y 4 abstenciones, pasará a la comisión de Constitución para su discusión e indicaciones.
Al intervenir en la sala del Senado de este martes, el senador por la región de Arica y Parinacota, José Miguel Insulza, valoró el avance de la inicial, aunque señaló que “es una lástima que no lo alcanzáramos a aprobar antes, cuando se discutía en paralelo el proyecto que dio la cuota de género; pero no pudo ser así, estamos bastante cerca del plebiscito del mes de octubre y esto hay que resolverlo pronto”.
En este sentido, el parlamentario consideró que “hubo un entendimiento entre las partes al decidir que los pueblos originarios, cubiertos por el convenio 169 de la OIT, iban a tener una participación equivalente al porcentaje de la población nacional y que permitiera la representación de todos los pueblos”.
Sobre este punto, el legislador socialista enfatizó que para Arica y Parinacota es importante este proyecto. “Quiero saludar al pueblo Aymara, que representa el 40% de la población de mi región, siendo el mayor porcentaje de población originaria que en ninguna otra región del país”, aseguró, extendiendo el saludo “al pueblo afrodescendiente, cuya situación será considerada por la comisión para una representación en la Convención Constitucional”. Al respecto, aseguró que “vamos a prestar todas nuestras disposiciones, más allá de que falta mucho qué construir en materia de pueblos originarios, ciertamente hemos tenido buena voluntad y progreso en el último tiempo y tenemos que tratar de entender que hoy día es una situación que no puede seguir esperando”.
El senador Insulza concluyó su intervención solicitando a la Comisión de Constitución discutir a tiempo este proyecto “para que todos ellos puedan votar primero en el plebiscito, y segundo, que puedan votar por sus representantes a una asamblea constituyente que no puede sino contar con la participación de todos los pueblos originarios y de todos los pueblos tribales cubiertos por el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo que es la regla fundamental que nos rige para estos efectos”.