viernes, abril 19, 2024

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Corte de Apelaciones de Arica Acoge Recurso de Amparo y Deja Sin Efecto Expulsión de 34 Extranjeros 

La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo presentado por el Servicio Jesuita a Migrantes en contra de resoluciones de las Intendencias de Arica y Parinacota, Tarapacá y de la Región Metropolitana, que decretaron la expulsión del país de un grupo de extranjeros de diferentes nacionalidades que habrían ingresado clandestinamente al territorio nacional.

En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrado por el ministro Mauricio Silva Pizarro, el fiscal judicial Juan Manuel Escobar Salas y el abogado (i) Mario Palma Sotomayor– acogió la acción constitucional y dejó sin efecto los decretos de expulsión de ciudadanos haitianos, cubanos, venezolanos, colombianos y dominicanos dictados entre 2018 y 2019, luego de constatar ausencia de fundamentos y por ser desproporcionadas.

“(…) Que, así como lo ha sostenido la Excma. Corte Suprema (rol 21.915-16, 6.462-18, 6.463-18 y 6.473-18), la resolución recurrida igualmente se torna en ilegal si la misma presenta como única motivación fáctica el ingreso clandestino al territorio, el cual, no fue eficazmente investigado por las autoridades llamadas por ley a hacerlo con el objeto de establecer su efectiva ocurrencia, y que pese a ello, se la invoca en un acto administrativo de grave trascendencia, lo que ilustra sobre la desproporcionalidad de la medida, desconociéndose el resto de los elementos que deben ponderarse en este tipo de asuntos, como los mencionados en los fundamentos que siguen”, sostiene el fallo del tribunal de alzada.

Sentencia que agrega: “(…) las resoluciones de expulsión atacadas, devienen en ilegales por ausencia de fundamentos, además de desproporcionadas, motivo por el cual la presente acción constitucional deberá ser acogida, al afectar la libertad ambulatoria de las personas amparadas, sujetas a la medida de expulsión del territorio nacional”.

Por lo tanto, concluye: “Que se ACOGE el recurso respecto de las siguientes personas amparadas:

Idel Ruiz Placencia, Alexandra Peréz Javier, José Manuel De La Nieve Navarro, María Eusebia Rodríguez Serrano, Rosario Mariano Sánchez, Raysa Frías, Patria Yedi Licien,  Omar Sánchez Rizo, Idelkys Galas Aguilar,  Víctor José Guerrero Osorio, María Luisa Armiñán Abad, Elena Abad Tabera, Reinery García Recarei,  Raymunda Figueroa Heredia, Francisco Ros Fong, Quirsi Carolina Arias Cuevas, Adriana Cordero Piña, Luis Orlando Seco Pérez, Gerardo Durán Pérez, Annia Lourdes Hernández González, Osnel Cordovez Colas, Joelky Delgado Rosado,  Cristián Israel De Jesús Martínez, Andry Camilo Yanes, Yuliet García Carrera,  Lester Castañeda Martínez, José Enrriquez Pérez Matos, Zaimy Llovet Labaut, Marileidy Diroche Reyes, Deborage Loutte, Martha Guerrero Peña, Alexander Valdés López, Luis Enrique Rivas Imbert, Sócrates Montero Peña  y Jennifer Patricia D’Oleo Peña”.

Asimismo, la Corte de Arica rechazó el recurso de amparo de tres extranjeros: Eilén María Camejo Gómez, Elier Roberto García Gómez y Julián Moreno Nieva.

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