En un fallo inédito en Arica y en Chile, la Corte de Apelaciones, acogió recurso de protección presentado por la Ilustre Municipalidad de Arica IMA, en contra de los padres del lactante de siete meses, que se negó a inocularlo con las vacunas que son parte del Plan Nacional de Inmunización del Ministerio de Salud.
El alcalde de Arica Gerardo Espíndola Rojas, comentó que el fallo unánime de la Primera Sala del tribunal de alzada, causa rol 217 – 2019, el que obedece a un bien superior del niño, y el interés de la Municipalidad es velar por el bienestar de la comunidad y de la atención primaria de salud.
“Lo cierto es que estamos frente a un fallo histórico de un municipio, de colocar un recurso de protección, especialmente velando por el bien superior del niño y que en este caso la justicia falló a favor de lo que estábamos planteando como municipio”, expresó Espíndola.
Dictamen del tribunal
La resolución emitida por el tribunal agrega que: corresponde acoger la acción constitucional, porque el actuar de sus padres constituye una vulneración a la garantía constitucional consagrada en el N° 1 del artículo 19 de la Carta Fundamental, respecto de su derecho a la vida y su integridad física, ya que, al no ser vacunado, se encuentra expuesto a contraer enfermedades inmunoprevenibles, que podrían acarrearle discapacidades, e incluso la muerte.
Al respecto, la concejala y presidenta de la Comisión Salud del Concejo Municipal, Miriam Arenas, enfatizó que el fallo está enfocado hacia el bien común y que la medida llama a ser drásticos, “nosotros tenemos que cuidar de las y los niños nuestros, es por eso que la Municipalidad tiene a cargo la prevención y eso significa que no tengamos enfermedades y que los niños sean sanos”.
Salud Municipal
La Dirección de Salud Municipal DISAM, de la IMA, señaló la importancia de administrar las vacunas al lactante, particularmente por su grado de vulnerabilidad al contagio de algunas de las patologías que se pretende prevenir con la inoculación, a su vez aumenta el riesgo de complicaciones en su salud.
“Nosotros como Municipalidad, tenemos como misión es el cuidado de la salud, desde el punto de vista preventivo, y por cierto el Plan de Nacional de Inmunización, es una de las mejores herramientas para evitar las enfermedades, que incluso son mortales”, indicó Rossana Testa, directora DISAM.
Sentencia Firme
La familia tiene cinco días para apelar la resolución ante la Corte Suprema. De ser ratificado el fallo por el alto tribunal, la sentencia queda ejecutoriada y la familia deberá cumplir con el mandato y vacunar al lactante.
Por otra parte, de no haber apelación y transcurrido el plazo, el fallo también queda ejecutoriado, por lo tanto, la familia deberá acatar la resolución del tribunal y proceder a la vacunación del lactante, de no ser así, se hará uso de la fuerza pública para cumplir con lo mandatado del tribunal de alzada.