viernes, abril 26, 2024

Últimas noticias

Corte Suprema Decretó que Servicio de Salud de Arica debe Indemnizar a Pobladores expuestos a Polimetales

La Tercera Sala de la Corte Suprema determinó que el Servicio de Salud de Arica, deberá indemnizar, con 10 millones de pesos, a los pobladores demandantes expuestos a plomo y otros minerales tóxicos, a raíz de la contaminación de un acopio de polimetales en Arica.

La demanda, fue interpuesta por cuatro pobladores, luego de la falta de servicio considerada por los afectados, después de que el organismo acopiara residuos mineros tóxicos en el cerro Chuño, lo que provocó contaminación de las zonas cercanas y repercutió en la salud de los vecinos.

«El Servicio de Salud de Arica incurrió en la falta de servicio que se le reprocha de parte de los demandantes, pues, como ha quedado demostrado, colocó importantes cantidades de residuos minerales tóxicos en un lugar situado a escasos metros de una población» dice el fallo.

Servicio de Salud de Arica

Por su parte el Servicio de la Salud Arica, quien no comento el fallo, a través de un comunicado de prensa señalo que “Respecto a la sentencia dictada por la Excelentísima Corte Suprema en causa caratulada Fernández y otros con el Servicio de Salud Arica, este Servicio se encuentra a la espera de la comunicación formal por parte del Consejo de Defensa del Estado, a quien fue entregada su representación en el juicio antes indicado, a fin de conocer el procedimiento a seguir y, en su oportunidad, proceder al pago de las indemnizaciones establecidas en el fallo de acuerdo a los plazos que establece la ley, ya que, hasta el momento, sólo ha tenido conocimiento del mismo a través de los medios de comunicación.

Este Servicio viene en informar que, como es su costumbre, acata y no comenta los fallos judiciales, respetando la autonomía de los tribunales de justicia.

Historia de la contaminación (Fuente: Instituto Nacional de Derechos Humanos)

Entre 1984 y 1989 la Sociedad Promel Ltda. importó desde Suecia más de 20 mil toneladas de residuos bajo el caratulado de “barros con contenidos metálicos” con la intención de darles tratamiento en Chile, para lo cual recibió autorización del Servicio de Aduanas y el Servicio de Salud. Sin embargo, estos “barros” eran en realidad desechos tóxicos con alto contenido de plomo y arsénico, los que fueron almacenados a la intemperie en el sector Los Industriales Arica y no recibieron tratamiento alguno. Tiempo después el Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU) autorizó la construcción de viviendas sociales para albergar a 12.000 personas en los sectores de Los Industriales y Cerro Chuño, muy cerca de la zona de acopio de los desechos tóxicos. Con los años, aproximadamente 3.000 personas presentaron síntomas como cefaleas crónicas, dolor de huesos y articulaciones, problemas de aprendizajes y memoria, conducta agresiva y lesiones cutáneas de diversa intensidad. Según los afectados, estas situaciones no recibieron la atención del Servicio de Salud ni se tomaron medidas para prevenir y limitar las secuelas generadas por la exposición a los residuos. Ante las múltiples denuncias, en 1997 el Servicio de Salud de Arica trasladó la totalidad de los desechos acumulados. Un año después inició el “Plan de seguimiento toxicológico de habitantes del sector Cerro Chuño – Los Industriales”, en cuyo marco se tomaron muestras para análisis de plomo en sangre y de arsénico en orina. En 1999 la Fiscalía del Medio Ambiente (FIMA) inició una demanda contra Promel y el Estado de Chile, tanto por permitir la importación de material tóxico como por la posterior construcción de viviendas en el sector contaminado. En el 2007 la Corte Suprema determinó que Promel y sus socios debían reparar el daño causado. Además, ordenó al Estado indemnizar a 356 personas por un total de $2.848 millones de pesos (8 millones por persona), pues se comprobó que el Servicio de Salud de Arica no adoptó oportuna y eficientemente las medidas necesarias para resguardar la salud de las personas. En noviembre del 2007 FIMA recurrió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya que el Estado residuos. Ante las múltiples denuncias, en 1997 el Servicio de Salud de Arica trasladó la totalidad de los desechos acumulados. Un año después inició el “Plan de seguimiento toxicológico de habitantes del sector Cerro Chuño – Los Industriales”, en cuyo marco se tomaron muestras para análisis de plomo en sangre y de arsénico en orina. En 1999 la Fiscalía del Medio Ambiente (FIMA) inició una demanda contra Promel y el Estado de Chile, tanto por permitir la importación de material tóxico como por la posterior construcción de viviendas en el sector contaminado. En el 2007 la Corte Suprema determinó que Promel y sus socios debían reparar el daño causado. Además, ordenó al Estado indemnizar a 356 personas por un total de $2.848 millones de pesos (8 millones por persona), pues se comprobó que el Servicio de Salud de Arica no adoptó oportuna y eficientemente las medidas necesarias para resguardar la salud de las personas. En noviembre del 2007 FIMA recurrió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya que el Estado no respondió a la totalidad de personas afectadas y la indemnización se consideró insuficiente. El conflicto revive en el 2009, luego de una denuncia realizada por el programa “Contacto” de Canal 13 sobre los efectos del plomo en la salud de la población, tras lo cual el Gobierno propuso un Plan Maestro -garantizado por ley- para erradicar a 7.000 personas y la realización de un catastro de los alcances de la contaminación. El proyecto de ley fue ingresado en enero de 2010 y tras dos años de tramitación fue aprobada en mayo de 2012 la Ley 20.590 que establece un programa de intervención en zonas con presencia de polimetales en la comuna de Arica.

Arica metales veredicto PDF

 

Comentarios

Dejanos tus comentarios

Latest Posts